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The Big Stick

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BIG_STICK

Roosevelt y el gran garrote [The Big Stick]

El poder, en España, suele preferir a los ciudadanos acomodaticios.

Mejor aún, los prefiere autocensurados. Nada más cómodo para cualquier régimen (y no empleo esta palabra de forma casual) que conseguir que el colectivo que debe ejercer el control sobre su labor (votantes, ciudadanos o colegiados) se someta a sí mismo a una labor reduccionista antes de alzar la voz.

Así, independientemente de que se esté o no de acuerdo con el contenido, el estado no está más seguro porque se condene a una niña de 17 años (ahora 21) por hacer un chiste que, créanme cuento ya unos años, he oído cientos de veces. Quien está más seguro es el poder, conseguido su objetivo de dar la voz de aviso a navegantes díscolos. De establecer límites a la crítica. De instaurar la autocensura, la más perversa clase de control de la libertad personal por lo que tiene de inversión de un orden en el que es el cuerpo de gobierno quien debe padecer de un temor respetuoso por aquellos a quienes gobierna y que son, a la postre, sus soberanos.

Vean, les cuento todo esto en estos días en que, cosas de la tesis, ando analizando la comisión deontológica; el organismo que vela por el cumplimento de un código ético profesional y que es –junto a otros- uno  de los parámetros que distinguen a una profesión como tal.


El cumplimiento de ese código, la existencia de las comisiones -llamadas en su momento comisiones de depuración profesional- no es –como podría parecer- el de protegernos a nosotros mismos, sino antes al contrario el de proteger a la sociedad de los arquitectos que incumplan esos principios de conducta, entendiendo con ello –como así figura en los estatutos de los colegios desde 1931- que su labor es un servicio a la ciudadanía, una función social.

Así, nos llega la noticia de que el Colegio de Sevilla parece tener a su comisión deontológica haciendo horas extra y que, en ella, y a petición de la Junta de Gobierno, hay a quien se le imponen inhabilitaciónes en aplicación del siguiente precepto estatutario:

[…]…la ofensa grave a la dignidad de otros profesionales, de las personas que formen parte de los órganos de gobierno del Colegio, así como de las instituciones con quienes se relacione como consecuencia del ejercicio profesional.

Hace tiempo que somos muy críticos con este artículo, que figura normalmente en los estatutos colegiales con redacciones parecidas, porque enfrenta a una comisión deontológica profesional al espinoso tema de analizar los límites de la libertad de expresión (o del humor, ya puestos) y porque lo vago de la redacción no establece una frontera muy clara entre esas ofensas a la dignidad y la crítica a la labor de los cuerpos de gobierno y sus procederes. La mera existencia del precepto y el uso que de él pudiera hacerse podrían llegar a convertir las asambleas (O cualquier otro mecanismo de control de la gestión del poder) en un campo minado, o mejor aún, -recuerden- en un ejercicio constante de la autocensura para descanso del organismo sometido a control.

Ocurre, en el caso que nos ocupa, que incluso se ha impuesto sanción a una arquitecta por escribir un correo a unos compañeros que acabó publicado en una web. Juzguen ustedes mismos el contenido de la misiva.

Háganlo además teniendo en cuenta que lo que se sitúa de esta forma en terreno peligroso es el interés de los colegiados en la gobernanza de sus instituciones. El cuestionamiento crítico del poder, representado en Sevilla por su –eterna, cuatro mandatos ya si no me equivoco- junta de gobierno. Ha llegado el punto en que un colegiado presente en una asamblea, interesado, participativo y crítico, parece importar menos que los votos delegados que puedan recabarse (La historia del voto delegado –o mejor anticipado- en los colegios de arquitectos daría para una tesis).

Por completar lo peculiar del caso, hay rumores de otros posibles supuestos procedimientos contra miembros de juntas cercanas por interesarse en el funcionamiento de la Fundación Fidas (de la que son patronos), herida por la que sangra el Colegio de Sevilla hace tiempo o contra otros arquitectos, de nuevo, por las críticas vertidas en correos privados.

Y ante la profusión de casos, cabe preguntarse, ¿No está para estas cuestiones aquello de la difamación que tiene la ventaja de que se celebra en un tribunal con profesionales de la justicia al que acudirían ambas partes en igualdad? ¿De verdad está para estas labores una comisión deontológica profesional? ¿Es ese el espíritu que debe regir su funcionamiento?

Permítanme una digresión. Me alegraría equivocarme se lo prometo, pero, con todo lo que sabemos que ha pasado en este país, sería kafkiano que una de las sanciones más graves de las que dispone un Colegio le hubiera sido impuesta a alguien por una cuestión que parece más propia de un tribunal civil -y sobre la que personalmente tengo muy serias dudas- que de una cuestión profesional.

Sin ánimo de ser exhaustivo, caben algunas preguntas:

¿Algún arquitecto de los que se han llevado concursos a paletadas (¿A volquetes se dice ahora?) vía negociado sin publicidad por razones artísticas en ciertas ciudades mediterráneas cobrando por el camino más de 100 millones de euros ha sido jamás inhabilitado? ¿O siquiera cuestionado?

¿Se sabe de apertura de expediente alguno a esos explotadores con cientos de falsos autónomos en sus galeras-estudio? ¿De alguno contra quienes han llegado a cobrar por trabajar?

¿Algún procedimiento contra quienes usan su puesto en una universidad pública para llenar el estudio como si fuera un sweatshop?

¿Les he contado ya que plagiar a base de Photoshop un proyecto publicado en un número de Tectónica para un concurso de la Junta de Andalucía -consiguiendo que quedara desierto y despreciando no solo a sus compañeros sino también su esfuerzo- pasó por la cosa deontológica como un plagio involuntario que quedo en reprimenda y poco más?

¿Qué es un plagio involuntario? ¿Te caes mucho sobre CtrlC + CtrlV?

En estos días en que las noticias que vienen de Murcia caminan entre la vergüenza ajena y la indignación ¿Cómo se lleva –deontológicamente hablando, claro- ser el beneficiario silente de la pantomima de un concurso vergonzoso, en el que tus compañeros están participando, a sabiendas de que lo tienes ganado de antemano?

La comisión deontológica es, conviene repetirlo, uno de los elementos que hace que la profesión de arquitecto lo sea –superando el estatus de ocupación-, su labor en este sentido es clara: el establecimiento de un código ético profesional que sus miembros se obligan a cumplir y que está relacionado de forma directa con proteger a los ciudadanos del mal profesional. La posible percepción de esta herramienta fundamental –olvidado su origen: servir a la sociedad- como una suerte de tribunal de honor al servicio del poder supondría, para quien esto escribe, una socavación de las bases mismas que fundamentan la existencia de la arquitectura como profesión y como actividad de servicio.

Es cierto que los arquitectos nos obligamos a unos estatutos, pero también lo es que nada impide que estos remitan a los profesionales de la justicia y los tribunales correspondientes en primera instancia, evitándonos así dos cosas. La primera tener que meternos en un jardín tan selvático como el de los límites de la libertad de expresión. La segunda, y más importante, tener que hacer comparaciones entre si conseguir mediante el plagio involuntario [sic] la anulación de un concurso con el consiguiente perjuicio para los participantes y cuestionar a una junta de gobierno merecen una reprimenda y una inhabilitación respectivamente o quizá nos iría mejor si fuera al revés.

Si no por otra cosa porque el descrédito de una profesión es en parte el de sus instituciones de gobernanza y porque en este proceso de reubicación que están sufriendo los Colegios, aquejados de la falta de confianza de muchos de sus miembros, la posible percepción de que la comisión deontológica como un arma arrojadiza, un “big stick” rooseveltiano, nos devuelve a un pasado oscurantista y falto de transparencia que deberíamos hace tiempo haber superado.

Nota: Dado lo peculiar del tema, les rogamos cuiden los comentarios. Queremos que esta entrada siga aquí. Gracias. 

Written by Jose María Echarte

abril 24, 2017 a 10:47

9 respuestas

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  1. LA DELEGACIÓN DE VOTO ES LA MAYOR PERVERSIÓN DE LA DEMOCRACIA

    arquitress

    abril 24, 2017 at 14:08

  2. Los miembros de una Comisión Deontológica no pueden ir en al misma lista de las elecciones que la Junta de Gobierno, pues mella su credibilidad como independiente, haciéndola sospechosa de estar al mandato de sus mentores.

    arquitress

    abril 24, 2017 at 14:10

  3. Totalmente de acuerdo. Recordar solamente que los tribunales de honor están prohibidos por expreso mandato constitucional. Artículo 26 de la CE:

    «Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales».

    Lo que deberían hacer de urgencia las comisiones deontológicas es perseguir e inhabilitar a todos aquellos estudios que, repletos de dizque becarios y falsos autónomos, nos hacen competencia desleal a los que respetamos los derechos y deberes a los que nos obligamos todos en las sociedades civilizadas y no tenemos el rostro de hormigón armado con titanio.

    Pero se ve que a eso no están ni se les espera.

    Rogelio Carballo

    abril 24, 2017 at 19:18

  4. Estimado José María: soy Víctor Moreno, miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Arquitectos de Sevilla. Siempre celebré la brutal sinceridad con la que enfrentas los temas que te interesan. Con gran sagacidad, acidez y humor en todas tus entradas, fusionaste datos, ideas y críticas como pocos. Ni tú ni yo vamos a cambiar nuestras ideas y nuestras críticas sobre el Colegio de Sevilla por este post. Pero tal vez sí los datos. Porque me temo que hay una única versión en los que manejas en tu entrada. En un periodo pre-electoral en el que las intenciones pueden verse especialmente claras. Y en el que solo manejas una versión. Que siempre es legítima. A la vez que parcial e interesada. En caso de que fuese la simple difusión de esta el interés de la entrada, hecha queda. Pero si lo fuese el conocimiento de la acciones y motivación de esta Junta de Gobierno, quedo a tu disposición para aportarte cuantos datos pueda. Un saludo

    Victor Moreno

    abril 24, 2017 at 20:55

  5. Sinceramente si yo cometo alguna irregularidad o ilegalidad en el ejercicio profesional yo querría ser juzgado por jueces independientes, profundos conocedores del derecho y dentro del sistema administrativo o judicial que asiste a cualquier ciudadano. Estas condiciones no se dan y pueden constituir una justicia paralela o utilizarse indebidamente. Si pueden servir para perseguir de oficio el incumplimiento de los derechos y deberes (intelectuales, laborales,….) de los arquitectos colaborando con la Administración y Justicia.

    Manuel Zurita, arquitecto 246 COA Almería

    abril 26, 2017 at 10:49

  6. Una pequeña aclaración. Si existen las intenciones pre-electorales, que yo no soy quién para establecerlas, también existen las intenciones post-electorales. Y me temo que si existen ambas, las segundas deben ser mucho peores que las primeras. Todo desde la duda y el desconocimiento que un humilde colegiado tiene de su Colegio. Y no por falta de interés, ni pre ni post.

    Paco García

    abril 27, 2017 at 7:53

  7. Un comentario ha sido puesto en moderación. Puedo estar o no de acuerdo con muchas cosas y ustedes pueden o no estar de acuerdo unos con otros, pero mantengan el debate en términos correctos.

    Jose María Echarte

    abril 28, 2017 at 14:41

  8. Querido Víctor, estaré encantado de recibir toda la información que me haga llegar cualquiera.
    A este respecto te diré que soy consciente de este asunto desde hace tiempo (años, por precisar) y que he escrito sobre el después de haber leído bastante documentación al respecto. De ambas partes.
    En este sentido, y ajeno a todo lo demás que ocurra en el COAS, tengo que señalar que he leído la misiva en cuestión a la que hago referencia. Que cuando escribo sobre un tema tan peliagudo no lo hago sin documentarme, y que sinceramente -y te lo digo como antiguo miembro de junta que ha tenido asambleas muy broncas y ha recibido cartas, correos, y hasta palomas mensajeras- me parece que estando como estamos -y viendo lo que vemos día sí y día también- que eso vaya a una comisión ontológica no es de recibo. Repito que ese artículo de los estatutos me parece peligroso en un régimen asambleario como el que tenemos y que de existir debería pasar por la justicia ordinaria en primera instancia. Son profesionales y todo el mundo va en igualdad de condiciones.

    Jose María Echarte

    abril 28, 2017 at 14:52

  9. Perdón por la tardanza en contestar a todos. Exceso de tesis….

    Jose María Echarte

    abril 28, 2017 at 14:52


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