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Las diferencias fiscales entre autonomías se amplían

Madrid fija el tipo máximo del IRPF en el 44,5%, el más bajo de España

Un asalariado que gana 15.000 euros pagará un 12,8% más por Renta en Cataluña que en Madrid La mayoría de comunidades han adaptado, con matices, la nueva estructura aprobada por Hacienda

El IRPF estatal y autonómico en 2015

El impuesto sobre la renta es un tributo que está cedido al 50% a las comunidades autónomas. La reforma fiscal que encara la recta final del trámite parlamentario incluye una rebaja de tipos para la parte estatal del impuesto, que las comunidades pueden o no replicar. La mayoría ha optado por adaptarse en mayor o menor medida a la nueva estructura estatal. De hecho, solo Galicia y Andalucía han comunicado que no realizarán cambios y Cataluña lo ha sugerido. El resto ha anunciado nuevos tramos y tipos para el próximo año. La Comunidad de Madrid presentó ayer la estructura del IRPF para el próximo ejercicio. El Ejecutivo de Ignacio González ha optado por replicar solo en el primer tramo la estructura estatal del IRPF y adelantar ya en 2015 la rebaja prevista para 2016. Hacienda fijó que los primeros 12.450 tributasen al 10% el próximo año y al 9,5% el siguiente. Madrid, ha establecido ya en su tramo el tipo del 9,5% en 2015. El hecho de que el Ejecutivo madrileño no haya seguido la estructura ideada por Hacienda en el resto de tramos beneficia a los contribuyentes. Ello es así porque los tipos estatales son superiores a los vigentes en la comunidad.

El tipo mínimo en Madrid quedará fijado el próximo año en el 19,5%, que es resultado de sumar el 10% estatal y del 9,5% autonómico. Cantabria, Canarias, Castilla-La Mancha y Baleares también aplicarán en el gravamen inferior el 19,5% a partir del próximo año, según los proyectos de ley publicados. En cambio, el tipo mínimo en Murcia, Castilla y León y Aragón será del 10%. Cataluña y Andalucía, que hasta la fecha no tienen previsto modificar el impuesto, mantienen un gravamen del 12%. En términos prácticos, significa que un contribuyente soltero y sin hijos que gana 15.000 euros pagará por IRPF el próximo año 1.176,3 euros en Madrid, Cantabria, Canarias y Castilla-La Mancha. En Baleares, donde el tipo mínimo solo rige para los primeros 10.000 euros, la factura alcanza los 1.212 euros. Donde más se pagará será en Cataluña y Andalucía, donde un trabajador que gana 15.000 euros deberá abonar a Hacienda 1.327 euros. Es decir, un 12,8% más que en Madrid o Canarias.

En el tramo alto del impuesto es donde la comunidad presidida por Ignacio González se convierte en un verso suelto. El tipo máximo en la mayoría de comunidades se mueve entre el 45% y el 49%, en cambio, en Madrid el gravamen superior será del 44,5%, que es el resultado de un gravamen estatal del 23,5% y del 21% autonómico. En este caso, los contribuyentes madrileños son los que, con diferencia, tendrán un tipo superior más bajo y que se empezará a aplicar a partir de 60.000 euros de base liquidable. En cambio, el tipo máximo en Cataluña o Andalucía alcanzará el 49%. Sin embargo, ese porcentaje regirá a partir de 175.000 euros.

Los tipos y tramos serán distintos en prácticamente todas las comunidades autónomas

Un alto directivo de una empresa cotizada que gane 300.000 euros brutos al año, pagará 129.433,6 euros en Cataluña por IRPF el próximo año frente a los 121.870,3 euros que abonará un contribuyente con igual sueldo en Madrid. La diferencia alcanza los 7.563 euros. Para las rentas muy altas, Madrid es con diferencia la mejor comunidad para vivir en términos puramente tributarios.

A pesar de que Hacienda mostró su deseo de que las comunidades replicaran en el tramo autonómico la estructura fijada para el Estado, solo Murcia ha seguido el consejo y copiado al milímetro los tramos y tipos. La mayoría de autonomías han partido de la estructura del Estado, pero aprobarán variaciones. Los tipos y tramos serán distintos en prácticamente todas las comunidades autónomas. Hasta ahora, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Baleares mantenían idénticos tramos y tipos.

En cualquier caso, para la retención que sufren los trabajadores en las nóminas no se tiene en cuenta la legislación autonómica. Es decir, las empresas realizan el cálculo como si las comunidades no hubieran legislado. Ello facilita la gestión. La normativa autonómica se refleja cuando se liquida el impuesto. Es decir, los cambios aprobados por las comunidades se dejarán notar cuando los contribuyentes presenten entre mayo y junio la declaración del IRPF del ejercicio 2015.

La reforma fiscal aprobada por el Gobierno contempla un incremento de los mínimos familiares, es decir, la parte de renta que se considera exenta por cubrir las necesidades básicas. A partir de 2015, el mínimo para el primer hijo sube de 1.836 euros a 2.400 euros. Para el segundo, pasa de 2.040 a 2.700 euros, para el tercero, de 3.672 a 4.400 euros y para los cuartos y siguientes aumenta de 4.182 euros a 4.500. El Ejecutivo madrileño anunció un incremento del 10% en los mínimos para familias numerosas, es decir, para parejas con más de dos hijos.

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