Analizan definiciones y elementos del Contrato de Seguros en el Código de Comercio

Miércoles, 26 de abril del 2017 - 15:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Régimen Económico. Foto - Archivo

La Comisión de Régimen Económico, analizó las propuestas que presentaron distintas entidades al libro VI del Código de Comercio. Precisaron que el seguro es un contrato mediante el cual una de las partes, el asegurador, se obliga, a cambio del pago de una prima, a indemnizar al asegurado o a su beneficiario, por una pérdida o daño producido por un acontecimiento incierto; o, a pagar un capital o renta, si ocurre la eventualidad prevista en el contrato.

El asambleísta Galo Borja, autor del Proyecto, indicó que en este libro se incorporan términos y definiciones a las distintas pólizas y contratos de seguros; posibles siniestros a ser cubiertos por las compañías; obligatoriedad de expresar claramente los riesgos de seguros; incrementan las obligaciones de agentes de seguros con respecto a transferencia de primas cobradas a aseguradoras.

En el análisis del tema se advirtió que son elementos esenciales del contrato de seguro: el nombre del asegurador, así como del solicitante; el interés asegurable; iesgo asegurable; la prima o precio del seguro; la obligación del asegurador de efectuar el pago del seguro en todo o en parte, según la extensión del siniestro y el monto asegurado o el límite de responsabilidad del asegurador.

Los parlamentarios analizaron la propuesta de la Asociación de Compañías de Seguros del Ecuador, que plantea que el contrato de seguro se entiende desde el momento en que el asegurador, a través de la política o carta de cobertura, expresa por escrito su aceptación a la propuesta escrita de celebrarlo, sea que se haya formulado directamente por el solicitante o por alguien en su nombre.

JLVN/pv

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