Las Denominaciones de Origen del vino en España

By 21 junio, 2013Desván, Enodidáctica

“Tenemos Rioja y Ribera del Duero”, seguramente habrás oído esta frase en muchos bares. Típico ¿no? Vamos a hablar de las Denominaciones de Origen del vino en España y aprenderás qué son, cuántas hay y dónde se encuentran.

Básicamente, una Denominación de Origen es una zona concreta donde se produce y elabora un producto agrícola o alimenticio cuyas características vienen dadas por esa ubicación geográfica. Las D.O. se han ido regulando y legislando a lo largo del último siglo, desde el Estatuto del Vino de 1932 hasta la ley 24/2003 de la Viña y el Vino. Desde un punto de vista legal, las D.O. sirven para designar y proteger un producto perteneciente a una zona determinada, pero implican mucho más: tradiciones, costumbres, mitos, leyendas y la historia de esos lugares.

Antecedentes

Se puede considerar como la primera D.O. (o mejor dicho, denominación tradicional) la del queso Roquefort, el parlamento de Toulouse decretó en 1666 que “sólo los habitantes de Roquefort tienen la exclusividad del curado del producto. Sólo existe un Roquefort, y es el que se cura en Roquefort desde tiempos inmemoriales en las cuevas de este pueblo”, así se sentaron las bases de lo que hoy podríamos llamar una Indicación Geográfica Protegida.

Marqués de Pombal

En 1756, el Marqués de Pombal (primer ministro de Jose I de Portugal) creó en Oporto la Compañía General de la Agricultura de las Viñas del Alto Duero, con la que pretendía proteger y asegurar la calidad del famoso vino de Oporto. Nace así lo que hoy conocemos como Consejo Regulador.

Consejo Regulador

El Consejo Regulador es el órgano encargado de defender, normalizar, aplicar los reglamentos y normas de calidad de una Denominación de Origen, además de defender sus intereses económicos y sociales. Es decir, cada D.O. tiene su propio Consejo Regulador.

Clasificación de los vinos españoles

En función del grado de protección que tienen los vinos y por consiguiente la normativa y control que deben cumplir, podemos decir que existen seis clases de vinos. Vamos a exponerlos brevemente de menor a mayor grado de protección.

Vino de mesa

Los vinos de mesa están en el escalón más bajo en cuanto a protección y exigencia, no pertenecen a ninguna D.O. y no están obligados a especificar procedencia, añada o variedades.

Vinos de la Tierra

Los Vinos de la Tierra pertenecen a regiones determinadas, que con unas características medioambientales o de cultivo confieren a estos vinos cierto carácter. Siguen una normativa menos exigente que los vinos con D.O.

Vinos de Calidad con Indicación Geográfica (V.C.)

Son vinos producidos y elaborados en una región o localidad determinada, las uvas deben tener la misma procedencia y su producción, la elaboración del vino o su envejecimiento se deben a dicho lugar o a sus gentes.

Denominaciones de Origen en España (D.O.)

Además de las célebres Rioja y Ribera del Duero existen muchas más Denominaciones de Origen repartidas por la geografía española, nada más y nada menos que 69. Las más antiguas fechan de 1933 (Jerez, Manzanilla, Montilla-Moriles, Rioja, etc…) aunque no fueron reconocidas legalmente hasta años más tarde. En esta tabla (http://www.yravedra.com/doc/DDOO_5.pdf) podréis ver la antigüedad de cada una y los reglamentos que las protegen.

Además de una estricta normativa de calidad, si una zona de producción quiere acceder a una D.O. deberá haber sido reconocida al menos cinco años antes como región de producción de Vinos de Calidad.

Denominación de Origen Calificada (D.O.Ca.)

De todas las D.O. que hay en España, sólo dos son Denominaciones de Origen Calificadas: Rioja y Priorat. Estas D.O.Ca. deben cumplir una normativa más estricta y un control más exhaustivo que las anteriores y su nivel de protección es mayor. Además, para acceder a la D.O.Ca., una región de producción debe haber sido reconocida como D.O. al menos diez años antes.

Vinos de Pago (V.P.)

Un pago es un paraje o zona rural con unas características, o bien climatológicas y/o edáficas, diferentes a las del entorno en que se encuentran. Un Vino de Pago es el que se elabora en fincas que se encuentran en estas zonas, de extensión y producción limitadas en función de la Comunidad Autónoma en que se encuentren. Si un pago se encuentra en su totalidad dentro del área geográfica de una D.O. y además cumple su correspondiente normativa, lo podremos llamar Vino de Pago Calificado.

Bodegas Martue La Guardia – Vino de Pago Campo de la Guardia

Es obligatorio que las botellas de vino estén debidamente etiquetadas con su respectivo sello de Denominación de Origen, normalmente encontraréis esa etiqueta separada en la parte trasera de la botella. foto etiqueta.

Ponemos a vuestra disposición un mapa que hemos diseñado en la Enoarquía, así podréis localizar todas las D.O., D.O.Ca., V.P. y V.C. que tenemos en España.

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