La Delegación del Gobierno lleva al juzgado de lo Contencioso-administrativo la bandera republicana del balcón de la Casa Museo Casares Quiroga. La representación en Galicia del Ejecutivo de Mariano Rajoy ha presentado un recurso al entender que vulnera la Ley de Símbolos, que prohíbe pendones no constitucionales en edificios públicos. El Concello defiende que no se exhibe en ofensa o ultraje a la enseña constitucional, sino como homenaje a la personalidad a la que está dedicada el museo.

Tras el recurso, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 ha solicitado al Concello que le remita los expedientes que motivaron la reclamación judicial que ha interpuesto la Abogacía del Estado a petición de la Delegación del Gobierno en Galicia, representada actualmente por Santiago Villanueva.

La bandera se instaló en el balcón por el 14 de abril en el número 12 de la calle Panaderas, un museo inaugurado en 2007 como un espacio dedicado "al republicanismo y sus valores". Cuatro días después, la Delegación requería al Concello que retirase la tricolor. El 25 de abril el Concello respondió, previo informe de la Asesoría Jurídica, que no estaba conculcando ningún precepto de la citada legislación de símbolos (Ley 39/1981) y que no la retiraría. Es entonces cuando el Gobierno central decide ocupar a la Abogacía del Estado en este asunto. No pende de ninguna asta sino que está atada a la balconada principal del edificio.

El Concello argumentó ya en abril que la bandera se colocó en la Casa Museo Casares Quiroga, "creada en honor a la familia Casares y, en especial, a Santiago Casares Quiroga, coruñés con relevantes cargos políticos durante la II República, llegando a ostentar su presidencia entre los meses de mayo y junio de 1936". Este proyecto municipal, explicaba en su respuesta, se inició en el año 2001, con la compra, por parte del Gobierno vazquista, del edificio número 12 de la calle Panaderas, en el que residió Casares Quiroga y nació su hija, la actriz María Casares.

El proyecto "fue tomando forma a lo largo de los años sucesivos como museo de la República y de la historia de la ciudad a finales del siglo XIX y principios del XX". Tras los trabajos de rehabilitación y musealización, la Casa Museo se inauguró el 14 de abril de 2007, "como lugar dedicado al republicanismo y sus valores".

"De ahí que la colocación de la bandera", alega la contestación del alcalde tras el informe jurídico de los letrados municipales, "sea una actuación más de conmemoración de la figura de Casares Quiroga, como lo son las imágenes, banderas, documentos y actividades que constituyen el objeto y finalidad de la casa museo y que figuran exhibidas al público en cada una de las dependencias del edificio". Se trata, prosigue Xulio Ferreiro en su réplica a la Delegación el 25 de abril, de una acción llevada a cabo "de acuerdo con la afectación del edificio al fin para el que fue reconstruido y puesto en funcionamiento".

La Ley de Símbolos dispone que la bandera de España debe "ondear en el exterior de los edificios y ocupar un lugar preferente en el interior de los mismos" y que cualquier administración que tenga su propia bandera debe usarla acompañada de la rojigualda, "ocupando la de España siempre un lugar destacado, visible y de honor". En su artículo 8 prohíbe la utilización en la bandera de cualquier otro símbolo o sigla.

La Asesoría Jurídica del Concello coruñés analiza que es cierto que los tribunales han considerado la improcedencia de exhibir puntualmente la bandera republicana en casas consistoriales y edificios institucionales. En todos estos casos, razonan, "se considera que la colocación de la bandera obedece a una manifestación ideológica en favor de un régimen distinto al constitucional, impropio de una Administración" y se proscribe, por tanto, "la alteración, suplantación o colocación de la bandera sin la preeminencia que le corresponde".

Para los letrados, "la actuación a la que va dirigida el requerimiento es muy diferente" porque la bandera se situó en recuerdo de la familia Casares y es "una conmemoración más". Echan mano de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi en la que afirma que, a pesar de la enseña que había sido colocada de manera ocasional, "no resulta de total rotundidad en su vertiente más explícita o positiva". "En el caso de la colocación de la bandera en la Casa Casares Quiroga, la falta de rotundidad es aún mayor", razona la Asesoría Jurídica, "por ser un edificio que, con ser de titularidad municipal, no está destinado a los fines representativos e institucionales anteriormente descritos".